GariolAyudas

Bonificación para autónomas que vuelven a la actividad tras la maternidad

Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal

80 % de la cuota por contingencias comunes durante 24 meses

Las trabajadoras autónomas que dejaron la actividad por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o tutela y vuelven a darse de alta en los 2 años siguientes pagan solo el 20 % de la cuota por contingencias comunes durante 2 años.

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Requisitos principales

Plazo

Se puede pedir en cualquier momento.

Dónde se pide

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