Ayuda directa extraordinaria a autónomos y empresas de Ceuta (RDL 22/2026)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) · Ceuta
5.000 € para personas físicas (autónomos). Sociedades y entidades, según facturación: 10.000 € (hasta 1 M€), 20.000 € (1–2 M€), 40.000 € (2–6 M€), 80.000 € (6–10 M€), 150.000 € (más de 10 M€); 10.000 € para altas en el censo en 2026
Pago único y exento de IRPF e Impuesto sobre Sociedades para empresarios y profesionales con domicilio fiscal, establecimiento o inmuebles afectos a su actividad en Ceuta, aprobado por el Real Decreto-ley 22/2026 de apoyo a la ciudad.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Tener domicilio fiscal, establecimiento o inmuebles afectos a la actividad en Ceuta entre el 30 de julio de 2026 y la entrada en vigor del real decreto-ley (3/09/2026)
- Estar de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en ese periodo
- Haber presentado la declaración de 2025 (IRPF, Impuesto sobre Sociedades o informativa de entidades en atribución de rentas) con ingresos de actividades económicas declarados
- Si la actividad empezó en 2026: haber presentado el modelo 036 antes de la entrada en vigor y no haberse dado de baja antes del 30 de julio de 2026
- Excluidos los adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes
Plazo
Plazo abierto hasta el 30 de noviembre de 2026. Solicitud mediante formulario en la sede electrónica de la AEAT 'una vez esté disponible' y hasta el 30/11/2026; fuera de plazo se inadmite. Pagos desde el 6/10/2026.
Dónde se pide
Responde 6 preguntas y te decimos qué ayudas para autónomos y empresas encajan contigo.
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