Renda Garantida de Ciutadania
Generalitat de Catalunya · Cataluña
801,85 €/mes para 1 persona (100 % IRSC 2026); 1.202,78 € (2 personas), 1.302,78 € (3), 1.402,78 € (4), 1.459,36 € (5 o más)
Prestación mensual para personas y hogares sin ingresos suficientes. Complementa al Ingreso Mínimo Vital: hay que haberlo solicitado y la RGC cubre la diferencia.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Cataluña
- Empadronamiento en la comunidad: al menos 2 años
- Cumplir al menos una: edad: al menos 23 años; o tener algún hijo menor de edad; o dependencia en el hogar
- Ingresos del hogar: como máximo 9622 €
Plazo
Se puede pedir en cualquier momento.
Cómo solicitarla
Se puede pedir en cualquier momento: en línea con el formulario de la RGC (certificado digital o idCAT Mòbil) o presencialmente en la Oficina de Treball que corresponda por residencia, con cita previa a través del Assistent virtual de la RGC o del 012. Ir al trámite →
Pasos
- Solicitar la prestación en línea o en la Oficina de Treball.
- Consultar el estado del expediente en el 012, en las Oficines de Treball o en los servicios sociales.
- Recibir la resolución (plazo máximo de 8 meses; si no hay respuesta, se entiende aprobada).
Documentos que piden
- DNI o NIE
- Justificante de haber solicitado el Ingreso Mínimo Vital
- Número de cuenta bancaria a nombre del solicitante
- Extractos bancarios de los últimos 2 meses de todas las cuentas de la unidad familiar
- Nóminas de los últimos 2 meses si algún miembro ha trabajado
- Sentencia y convenio regulador en caso de separación o divorcio
Ten en cuenta
- Los cambios de circunstancias deben comunicarse en el plazo de un mes.
Fuentes oficiales: 1 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?
Sí: para pedir la RGC hay que haber solicitado antes el IMV y aportar el justificante. Fuente
¿Qué pasa si no me responden?
El plazo máximo para resolver la RGC es de 8 meses; si no hay respuesta, la solicitud se entiende aprobada. Fuente
¿Puedo cobrarla si trabajo?
En general no; hay excepciones para unidades monoparentales o familias numerosas y para mayores de 55 parados de larga duración con trabajo a tiempo parcial. Fuente
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