Deducción por compra de vivienda habitual (régimen transitorio, compras antes de 2013)
Agencia Tributaria (deducción estatal) · Estatal
15 % (7,5 % estatal + 7,5 % autonómico salvo que la comunidad fije otro) de hasta 9.040 €/año: máx. 1.356 €
Quien compró su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y ya se aplicaba la deducción puede seguir deduciendo lo que paga de hipoteca (amortización, intereses y gastos).
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Haber adquirido la vivienda habitual antes del 1-1-2013 (o haber pagado antes de esa fecha cantidades para su construcción)
- Haber practicado la deducción por esa vivienda en un ejercicio anterior a 2013 (salvo las excepciones de la Resolución del TEAC de 22-4-2024 para quien no tuvo cuota íntegra o no estaba obligado a declarar)
- Obras de rehabilitación, ampliación o adecuación por discapacidad: pagadas antes de 2013 y terminadas antes del 1-1-2017
- Base máxima de 9.040 € anuales (base independiente para obras de adecuación por discapacidad)
- Obligación de presentar declaración de IRPF
Plazo
Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027
Dónde se pide
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