GariolAyudas

Prestaciones por dependencia

IMSERSO y comunidades autónomas · Estatal

Según grado: servicios o prestación económica

Apoyo para cuidar a una persona en situación de dependencia.

Comprueba si te corresponde

Requisitos principales

Plazo

Se puede pedir en cualquier momento.

Cómo solicitarla

Ante el órgano gestor de la comunidad autónoma de residencia, normalmente en el centro de servicios sociales comunitarios más cercano o en cualquier registro oficial. En Ceuta y Melilla, ante la Dirección Territorial del Imserso. Se puede pedir en cualquier momento y los formularios están en las webs de dependencia de cada comunidad.

Pasos

  1. Rellenar el formulario de solicitud de tu comunidad (el trabajador social puede ayudarte) y firmarlo
  2. Presentarlo con la documentación que pida tu comunidad en servicios sociales o en un registro oficial
  3. Valoración del grado de dependencia y resolución (máximo 6 meses; 30 días naturales para menores de 3 años)
  4. Elaboración del Programa Individual de Atención (PIA), que fija los servicios o prestaciones

Ten en cuenta

Fuentes oficiales: 1, 2 · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Tributan en el IRPF las prestaciones económicas por dependencia?

No: la Ley del IRPF (artículo 7) las incluye entre las rentas exentas. Fuente

¿Puedo cobrar una prestación económica y recibir además un servicio?

En general las prestaciones económicas son incompatibles entre sí y con los servicios del catálogo, salvo los de prevención, promoción de la autonomía personal y teleasistencia. Fuente

¿Se puede revisar el grado de dependencia reconocido?

Sí, a petición del interesado, de sus representantes o de oficio, por mejoría o empeoramiento de la situación o por error de diagnóstico o en la aplicación del baremo. Fuente

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