Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)
Xunta de Galicia · Galicia
469,20 €/mes para una persona en 2026 (78,2 % del IPREM); +87,60 € por el 1.er conviviente, +75 € el 2.º y +62,40 € cada siguiente; tope 750 €/mes (840 € con menores). Se descuentan los ingresos.
Prestación mensual de la Xunta para personas sin recursos, subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital, ligada a un proyecto de inserción. Se pide en los servicios sociales del concello.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Galicia
- Edad: entre 18 y 64 años
- Cumplir al menos una: edad: al menos 25 años; o tener algún hijo menor de edad; o discapacidad: al menos 33 %
- Empadronamiento en la comunidad: al menos 0,5 años
- Ingresos del hogar: como máximo 5630 €
Plazo
Se puede pedir en cualquier momento.
Cómo solicitarla
Se puede pedir todo el año. La vía preferente es acudir a los servicios sociales comunitarios del concello, que elaboran el informe social necesario; también se puede presentar en la sede electrónica de la Xunta (procedimiento BS626F), en un registro público, en Correos o en el registro del concello de residencia. Ir al trámite →
Pasos
- Comprobar los requisitos.
- Rellenar la solicitud (Anexo I) con los datos económicos de la unidad de convivencia.
- Reunir la documentación y presentarla.
- Seguir el expediente en «A miña sede» y comunicar cualquier cambio en 10 días.
Documentos que piden
- Solicitud (Anexo I) y Anexos II, III y IV
- Certificado de empadronamiento de los últimos seis meses
- Certificado de convivencia
- Documentación de la vivienda (recibo del IBI, contrato de alquiler, etc.)
- Extractos bancarios de los últimos doce meses de todos los miembros
- Última nómina de quien trabaje y tarjeta de demandante de empleo cuando proceda
Ten en cuenta
- El plazo de resolución es de dos meses y el silencio es positivo.
Fuentes oficiales: 1, 2 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la RISGA y una pensión a la vez?
No si es una pensión no contributiva o una prestación de igual o mayor cuantía; las de menor importe se pueden cobrar, pero se descuentan. Fuente
¿Pierdo la RISGA si encuentro trabajo?
No necesariamente: los ingresos del trabajo se computan y puede cobrarse un complemento de transición al empleo durante hasta 6 meses. Fuente
¿Necesito un informe de servicios sociales?
Sí, hace falta una valoración social municipal; si se solicita directamente, el órgano gestor pide el informe a los servicios sociales. Fuente
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