Deducción IRPF por alquiler de vivienda habitual
Agencia Tributaria / Govern balear · Illes Balears
15 % del alquiler (máx. 530 €/año); 20 % (máx. 650 €) si eres menor de 30, tienes discapacidad del 33 % o más, familia numerosa o monoparental
Se aplica en la declaración de la renta.
Comprueba si te correspondeRequisitos principales
- Residir en Illes Balears
- Vivienda: alquiler
- Cumplir al menos una: edad: como máximo 35 años; o edad: al menos 65 años y situación laboral: jubilado/a o otra
- Cumplir al menos una: tus ingresos: como máximo 33.000 €; o cumplir al menos una: familia numerosa; o familia monoparental y tus ingresos: como máximo 39.600 €
Plazo
Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027
Cómo solicitarla
Se aplica en la declaración de la Renta (IRPF): no hay que pedirla aparte. En Renta Web se consignan el importe pagado por el titular del contrato y el NIF del arrendador; el programa traslada los datos al anexo B.11.
Pasos
- Indicar el importe del alquiler pagado en el ejercicio por la persona titular del contrato
- Introducir el NIF del arrendador (o su número de identificación del país de residencia si no tiene NIF)
- Marcar, si procede, la casilla de familia numerosa o monoparental, mayor de 65 sin actividad o autónomo con al menos 183 días de alta
Ten en cuenta
- Solo deduce el cónyuge que figura en el contrato; lo pagado por el cónyuge que no figura no da derecho a deducción.
- No se puede aplicar en el mismo ejercicio que la deducción por inversión en vivienda habitual.
Fuentes oficiales: 1, 2 · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
Si solo mi pareja firmó el contrato, ¿puedo deducirme yo el alquiler?
No: sea cual sea el régimen económico del matrimonio, solo es deducible lo pagado por el cónyuge que firmó el contrato; si se paga con fondos gananciales, el titular aplica el 50 %. Fuente
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