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Deducción IRPF por nacimiento o adopción

Comunidad de Madrid / Agencia Tributaria · Comunidad de Madrid

721,70 € por hijo en el año del nacimiento y en cada uno de los dos siguientes (hasta 2.165,10 €)

Deducción autonómica por cada hijo nacido o adoptado desde 2023, aplicable tres años seguidos por los padres que conviven con él.

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Requisitos principales

Plazo

Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027

Cómo solicitarla

Se aplica en la declaración de la Renta (IRPF): no hay que pedirla aparte. Se aplica en el año del nacimiento o adopción y en los dos siguientes.

Fuentes oficiales: 1 · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿La deducción es solo el año del nacimiento?

No: se aplica en el año del nacimiento o adopción y en los dos siguientes, cumpliendo los límites de renta cada año. Fuente

¿Qué pasa en un parto múltiple?

La deducción se incrementa en 721,70 € por cada hijo en el primer periodo impositivo en que se aplique. Fuente

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